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El Gobierno de los Estados Unidos presta su auxilio a las personas provenientes de Cuba y Nicaragua que hayan vivido permanentemente en los Estados Unidos desde Diciembre 1 de 1995 o antes, y Quiénes enfrenten casos de deportación ahora conocidos como "Remoción". Bajo NACARA, El Arreglo nicaragüense y El Auxilio a Centroamérica, las personas provenientes de estos países que no hayan vivido más de 180 días fuera de los Estado Unidos desdel 1 de diciembre de 1995, pueden ser candidatos a la residencia permanente. Ellos deben solicitarla en Abril 1 del 2000. NACARA también permite a ciertas personas provenientes de Guatemala, El Salvador y los países de la antigua Unión Soviética solicitar una cancelación de "remoción" teniendo como condiciones que hayan permanecido continuamente y al menos por siete años consecutivos en los Estados Unidos y hayan pedido asilo en las fechas indicadas en 1990 y 1991. Países pertenecientes a la antigua Cortina de Hierro que son amparados por la amnistía NACARA:
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