La visa V es para cónyuges e hijos menores de 21 años de residentes
permanantes de los Estados Unidos, cuyas peticiones fueron presentadas
hasta el 21 de Diciembre del 2000 y se hayan encontrado pendientes en
el USCIS (anteriormente conocido como el INS) por un mínimo de
3 años. La visa V les permite ingresar legalmente a los Estados Unidos,
antes de la finalización de la cuota correspondiente y recibir
un permiso de trabajo. Aquellas peticiones que se presenten posteriormente
a esta fecha no se beneficiarán con este tipo de visa.
Si el beneficiario se encuentra fuera de los Estados Unidos podrá
solicitar la visa en el consulado estadounidense en su país de
origen. Aquellos que se encuentren en los Estados Unidos, aún los
indocumentados, pueden solicitarla al BCIS (anteriormente conocido como
el INS) sin necesidad de salir del país.
Por el momento no se han realizado los formularios y reglamentos correspondientes,
para solicitar la visa V, por lo cual el USCIS (anteriormente conocido
como el INS) no permite que se solicite la misma, aunque la ley se encuentra
vigente desdel 21 de Diciembre del 2000.
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